PROCEDIMIENTO PENAL - PRISION PREVENTIVA - IMPROCEDENCIA - DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES - PRESUNCION DE INOCENCIA - PREVARICATO

Sin caer en la figura del tipo penal del artículo 270 del Código Penal de la Nación, no debemos aplicar en nuestro sistema actual la prisión preventiva con prolongación indefinida en el tiempo, tal como la conocemos en el ordenamiento adjetivo federal y en muchos casos hasta la finalización del proceso; la regla debe ser la libertad y sólo aplicar detenciones breves al sólo fin de asegurar el procedimiento. (Del voto en disidencia del Dr. Sáez Capel)

DATOS: Cámara de Apelaciones Penal, Contravencional y de Faltas. Causa Nro.: 009-03-CC-2004. Autos: Incidente de Nulidad en Mansilla, Roberto Rubén Sala I. Del voto en disidencia de Dr. José Saez Capel 23-02-2004.

Advertencia: Esta es una publicación oficial del Departamento de Biblioteca y Jurisprudencia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires. Los sumarios se adecuan al sentido de los fallos, pero no contienen afirmación de hecho o de derecho, ni opinión jurisdiccional. El contenido puede ser reproducido libremente, y no genera responsabilidad por ello, bajo condición de mencionar la fuente y esta advertencia.
 
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